La nueva norma ha configurado un mercado en el que lo que prima para el SNS es que se dispense siempre el medicamento de menor precio, con independencia de que sea o no genérico, por lo que no puede interpretarse la prescripción por principio activo (PPA) como una obligación, ni tampoco identificarse la PPA con la prescripción de genéricos, señalan también.
Por todo ello, desde Farmaindustria informan que el médico podrá recetar las marcas farmacéuticas originales con todas las garantías de que contribuye al sostenimiento del Sistema Nacional de Salud, pudiendo prescribir según su mejor criterio clínico, de la forma que considere más conveniente siempre que el precio sea el mismo.
Con respecto a los pacientes, en Farmaindustria precisan que la posibilidad de seguir su tratamiento con sus medicamentos de marca habituales permitirá evitar confusiones derivadas de los inevitables cambios de envases, formas y colores que supone la prescripción por principio activo, asegurar una mayor adherencia y mejor cumplimiento terapéutico y, en definitiva, mejorar la calidad de la asistencia sanitaria.
A los médicos, la posibilidad de seguir prescribiendo medicamentos de marca consiguiendo idénticos ahorros para el sistema que con los productos genéricos les permitirá tomar las decisiones más adecuadas para el buen control de sus pacientes. Además, la prescripción por marca obliga a los farmacéuticos a dispensar precisamente dicho medicamento, sólo pudiendo sustituirlo de forma excepcional debido a desabastecimiento o urgente necesidad, añaden.
Palabras clave: farmaindustria , sistema nacional de salud , prescripción por principio activo , medicamento de marca , medicamento genérico , rd 9 2011
Para realizar comentarios es necesario estar registrado